Ryanair tendrá que poner fin a ocho cláusulas abusivas. Así lo decidió el Juzgado de lo Mercantil nº6 de Madrid en su sentencia por un juicio que inició la Organización de consumidores y usuarios (OCU).
El fallo añade que son “abusivas y violan la legislación de protección a los consumidores”.
Las cláusulas declaradas nulas: El sometimiento a la ley y tribunales irlandeses. Declara nula la exigencia de documentación conforme a los reglamentos internos de la empresa como la denegación del libro de familia, carné de conducir, etc. Esta cláusula dio problemas a pasajeros que viajaban con menores de edad.
No podrá cobrar 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque al ser una penalización desproporcionada. La exigencia del pago en el aeropuerto con tarjeta impidiendo el pago en metálico. La condición de poder rechazar el transporte del pasajero o el equipaje si lo ha comunicado antes.
La prohibición de transportar objetos como dinero, llaves, cámaras, gafas, relojes, teléfonos o documentos en el equipaje. Cobrar un importe indeterminado en concepto de almacenamiento si no se recoge el equipaje al llegar al destino. La modificación unilateral de los horarios por parte de Ryanair.
Fuente: 20minutos.es
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